Volker Hermsdorf – Cubainformación / Junge Welt.- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado este martes el derecho de Venezuela a impugnar legalmente las sanciones económicas impuestas por la UE al país desde 2017. El máximo órgano judicial comunitario, con sede en Luxemburgo, anuló así una decisión anterior que había declarado «inadmisibles» los recursos legales del país sudamericano. Las medidas restrictivas de la UE perjudican especialmente los intereses económicos de Venezuela y la afirmación de que no constituyen un «obstáculo absoluto» para la adquisición de bienes y servicios por parte de la nación es «irrelevante», fundamentó el tribunal en su sentencia revisada. Por lo tanto, el gobierno de Caracas está legitimado para demandar las sanciones de la UE.
Tras las violentas protestas de los opositores de derecha contra los resultados de las elecciones regionales y la elección de una Asamblea Nacional Constituyente, que se saldaron con más de 100 muertos, el Consejo de la UE adoptó una serie de medidas restrictivas en noviembre de 2017 -bajo la presión de Washington-, que se prorrogaron recientemente hasta noviembre de este año. En ellas se establece, en particular, la prohibición de vender o suministrar equipos militares y tecnología conexa que puedan utilizarse para la «represión interna» a personas físicas o jurídicas, entidades u organismos de Venezuela. Asimismo, se ha restringido la prestación de determinados servicios técnicos, de intermediación o financieros relacionados con el suministro de dichos equipos.
Las restricciones también incluyen la prohibición de viajar a la UE y la congelación de activos en territorio comunitario para unos 50 ciudadanos venezolanos que ocupan cargos oficiales y que han sido designados por la UE como «responsables de violaciones de los derechos humanos» y de «socavar la democracia y el Estado de Derecho». Una petición de «nulidad» estas restricciones introducida por Venezuela había sido inicialmente desestimada por el TJUE el 20 de septiembre de 2019 por considerarla «inadmisible» alegando que «la posición jurídica de Venezuela no se ve directamente afectada» por las disposiciones. Además, el país sudamericano no estaba legitimado para interponer dicho recurso por no ser un Estado miembro de la UE.
La nueva sentencia del TJUE, en cambio, afirma que «según reiterada jurisprudencia, es posible un recurso de nulidad respecto de todos los actos adoptados por las instituciones de la UE, cualquiera que sea su naturaleza o forma, en la medida en que estén destinados a producir efectos jurídicos». Venezuela es una «persona jurídica de derecho internacional» con la misma «probabilidad que cualquier otra persona o entidad de que sus derechos o intereses se vean afectados por un acto jurídico de la Unión Europea». Por lo tanto, debería poder «solicitar la nulidad de ese acto, con esas condiciones», escribió el comité de 17 jueces.
La sentencia del martes establece que la prohibición de abastecerse de determinados productos de la UE «afecta directamente a los derechos e intereses legales de la demandante». Por lo tanto, se devolvió el caso al tribunal para que lo volviera a examinar en cuanto al fondo. El día de la nueva sentencia del TJUE, el ministro de Asuntos Exteriores de Venezuela, Jorge Arreaza, señaló durante una visita a Moscú que las sanciones de Estados Unidos y la UE afectan gravemente al número y al ritmo de las vacunaciones contra el coronavirus en su país.