EL OJO DEL GATO… ¡

Ahondando con la Noción del Pueblo legislador se concibe como la acción política colectiva que se genera en el propio espacio comunitario de participación protagónica para la construcción de leyes de forma permanente por parte del pueblo como sujeto y objeto de poder que conduce a que se involucre y como lo reza el Articulo 20 de la Ley Orgánica de la Seguridad de la Nación:“La Fuerza Armada Nacional constituye uno de los elementos fundamentales para la defensa integral de la Nación, organizada por el Estado para conducir su defensa militar en corresponsabilidad con la sociedad. Sus componentes, en sus respectivos ámbitos de acción, tienen como responsabilidad la planificación, ejecución y control de las operaciones militares, a los efectos de garantizar la independencia y soberanía de la Nación, asegurar la integridad del territorio y demás espacios geográficos de la Republica, así como la cooperación, en el mantenimiento del orden interno. Las leyes determinaran la participación de la Fuerza Armada Nacional en el desarrollo integral de la Nación”.
Una vez así también tiene peso decisorio en forma directa en la aprobación, ejecución y control de las leyes. Así como en todos los ámbitos de la actividad legislativa en el espacio nacional, regional, local y comunitario, para la toma de decisiones compartidas impulsando la transformación social que permita alcanzar una sociedad de justicia, de derecho, de igualdad y libertad.
Se trata de una construcción colectiva consciente que es validada en la propia acción de participación directa por los propios actores involucrados y como tal debe responder a sus intereses e inquietudes dando legitimidad al hecho legislativo.
De acuerdo a esto, se refiere a una acción institucionalizada de legislar directamente con el pueblo, sobre la base de instransferibilidad, indivisibilidad e inalienabilidad de la soberanía, la cual permite que las formas de ejercicio directo e indirecto se traduzcan necesariamente en el cogobierno, en la codecision. En Tal sentido, se abren medios suficientes construidos con la participación popular para promover la participación y el protagonismo del pueblo en todo el proceso legislativo de iniciativa legislativa, de consulta popular y de decisión conjunta en el proceso de sanción.
Sin embargo, en una noción de mayor avanzada el pueblo tiene que participar en la elaboración del nuevo Derecho revolucionario mediante la organización, la reflexión, la conciencia y elaboración de propuestas, partiendo de la situación y de las necesidades de la comunidad: La Ley es una Síntesis de la Lucha Social, y una ley participativa incorpora el consenso necesario para su aplicación eficaz y efectiva. Nace la norma con una visión distinta colectiva y corresponsable del sistema de justicia y la apropiación de la actividad legislativa por parte de los colectivos sociales, la alianza Popular- Militar, como sujeto-objeto del cambio.
Estamos con Chávez porque su visión ha permitido un sacudimiento de las instituciones tradicionales, entre ellas la Fuerza Armada. Ha construido una visión estratégica que redimensiona el papel del aparato militar del Estado, reconstituyéndolo al servicio del proyecto popular revolucionario; escribiendo una nueva doctrina militar, en oposición a aquellas tesis contrainsurgentes dictadas por El Pentágono para América Latina. Chávez logro romper en buena medida con la concepción clasista y estamentaria al servicio del Estado Burgués para permitir que al interior de la Fuerza Armada se genere una alianza con el movimiento popular: la alianza Popular-Militar, superación de la tradicional tesis cívico-militar. El resultado es la incorporación de la Fuerza Armada a grandes tareas estratégicas y coyunturales de la Revolución Bolivariana, permitiendo y estimulando a su vez la creación de la Reserva y Milicias Populares. Elemento sustantivo en la transformación del aparato militar del Estado y punto de partida para que el monopolio de las armas pase a manos del pueblo organizado, garantizando así un nuevo modelo de soberanía y gestión de la fuerza. Este nuevo paradigma garantiza la defensa de la soberanía desde la concepción de la autodefensa del pueblo resistente y será en el futuro modelo a seguir en las otras revoluciones triunfantes.Por eso No se extrañen al ver una Venezuela dirigida por una Dirección Colectiva de Gobierno o un Comité Central multifactorial como lo es en China o Cuba y lo fue en la nomenclatura Soviética que genere soluciones plurideterminantes en pro de la consolidación de la Revolución Bolivariana y su salto definitivo al Socialismo. Seria la nueva ecuación del poder político en Venezuela, la Nomenclatura DPM de la RB. (Componente Militar-Civil).
Viva Chávez…Por Siempre y Para Siempre……….
(*) Profesor-Instructor, Político y Científico Social.
sanojaricardo@hotmail.com